El sistema de retribuciones de los miembros del Consejo de Administración es el de compensación económica por asistencia a las reuniones de los órganos colegiados, según lo establecido en las disposiciones administrativas para el sector público estatal.
Dado que SAES CAPITAL carece de personal no se han abonado retribuciones ni tampoco se han concedido indemnizaciones con ocasión del abandono del cargo.
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